Diferencia entre Desconcentrar y Descentralizar
Organizaciones
Desconcentradas
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Organizaciones
Descentralizadas
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La desconcentración consiste en transferir algunas funciones administrativas y/o técnicas a niveles más bajos de administración (regional, provincial o local), pero manteniendo el poder de decisión a nivel central.
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La descentralización implica el buscar crecientemente la separación de funciones, en el sentido que deberá asignarse cada función al nivel más bajo en que se pueda ejercer sin pérdida de efectividad.
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Ejemplo |
Ejemplo
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Son entidades públicas que dependen
presupuestalmente de alguna entidad pública pero cuentan con autonomía
orgánica y se encuentran sectorizados a una dependencia pública, pero sólo
para fines de estructura orgánica.
Servicio de Administración Tributaria,
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas, Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Pues como
sabrás, todas estas entidades públicas son dependientes de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
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Son entidades públicas que cuentan con
personalidad jurídica y patrimonio propio, pues a diferencia de los órganos
desconcentrados, los órganos descentralizados sí son autónomos.
Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de
Electricidad, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Comisión Nacional
Forestal, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional
de la Vivienda para los Trabajadores.
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Órgano inferior subordinado a una secretaría, o a la Presidencia.
Puede contar o no con personalidad jurídica.
Puede contar o no con patrimonio propio.
Posee facultades limitadas.
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Órgano que depende indirectamente del Ejecutivo Federal.
Tiene invariablemente personalidad jurídica.
Siempre tiene patrimonio propio.
Posee facultades más autónomas.
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Referencias Bibliográficas
Mosso, J. Y. (2011). Obtenido de Organizmos
Desconcentrados y Descentralizados en Mexico:
https://derechounidep.files.wordpress.com/2012/03/organismos-centralizados-y-descentralizados-en-mexico.pdf
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