miércoles, 15 de junio de 2016

Ley de Pasantías

Ley de Pasantías

Fig.1. Pasantías en Wolkswagen
Fuente: https://www.google.com.ec/url?&source=imagesuact=8&ved

Debido a que los centros de educación superior no brindan condiciones necesarias para prácticas profesionales, es importante que las empresas privadas contando con una estructura adecuada para esto, permitan la formación profesional para el futuro de todos los estudiantes de educación superior.

Entre las disposiciones de ley tenemos:

Aplica para todos los estudiantes de las instituciones del Sistema de Educación Superior que hayan optado y opten por una carrera o profesión que requiera una formación mínima de tres años.

Los estudiantes además de recurrir al sector privado, también pueden aplicar en instituciones y fundaciones.

La relación jurídica entre las empresas y los pasantes se establecerá mediante un contrato de pasantía y se regirá solo por esta Ley no por el código de trabajo.

Las pasantías no podrán prolongarse por más de seis meses sin generar una relación de dependencia y el horario de los pasantes tendrán un horario máximo de labores de seis horas diarias durante cinco días a la semana y no pueden ser obligados a exceder esto.

Además que se les debe pagar por lo menos un tercio del salario básico unificado, es decir, 122 dólares. Este último tiene aspectos positivos porque se valora el trabajo que realiza el pasante pero a la vez un aspecto negativo porque las empresas muchas veces no desean realizar una remuneración a una persona que recién está aprendiendo.

Es obligatoria la afiliación al seguro social sobre el total del equivalente al salario básico unificado. 



Links de referencia:

https://www.fiec.espol.edu.ec/resources/pasantias/leyPasantias.pdf
http://www.ecuadorinmediato.com/index.php?module=Noticias&func=news_user_view&id=2818798506

No hay comentarios.:

Publicar un comentario